FEDERACION DE AJEDREZ DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

 

 

Reunión del COMITÉ DE COMPETICIÓN (excluido el D. Daniel Canteli Martínez por ser parte implicada en el litigio)

 

N.16-04/05

RONDA 5 (27-XI-04)  CATEGORIA PREFERENTE

 

Puente Viejo - Oviedo 93 “A”

 

 

Visto, El acta del encuentro que enfrentó a los equipos Puente Viejo - Oviedo 93 ”A” en el que:

 

-         En el séptimo tablero del Oviedo 93 “A”  figura D. Carlos Cruz Bada

-         En el octavo tablero del Oviedo 93 “A” figura D. Rafael Martín Galván

-         El séptimo tablero del Puente Viejo, D. Alejandro Alonso García, no compareció al encuentro.

 

Visto, El escrito presentado por el jugador, D. Alejandro Alonso García, con fecha 30 de noviembre del 2004, que explica los motivos de su incomparecencia.

 

Dado que, En el reglamento de Competiciones de la FAPA y en el artículo 75.1 se especifica lo siguiente:

Contado desde la hora oficial de comienzo del encuentro se perderá la partida por incomparecencia pasada una hora en el caso de no personarse el jugador ante el tablero. Se perderán tantos puntos como jugadores no se presenten. Además se sancionará en todas las categorías con pérdida de medio punto, cada incomparecencia que  no se produzca en los últimos tableros. Y el primer desempate será menor nº de incomparecencias”

 

Dado que, El árbitro principal del campeonato, D. Eusebio Olea Montes, declara que no recibió ninguna llamada durante la ronda que pudiera explicar la incomparecencia del jugador del Puente Viejo.

 

Dado que, los jugadores, D. Rafael Martín Galván y D. Carlos Cruz Bada figuran en el orden de fuerza del Oviedo 93 “C”.

 

Dado que, el Oviedo 93 “A” había ascendido con anterioridad jugadores de su equipo “B”

 

 

 

 

 

Dado que, En el reglamento de Competiciones de la FAPA y en el artículo 72.4 se especifica lo siguiente:

“Cuando un equipo recurra a un jugador de otro equipo de inferior categoría, en casos sucesivos sólo podrá extraer jugadores de ese mismo equipo”

 

 

 

Por la presente resolución se acuerda:

 

 

- Sancionar al equipo Puente Viejo  con medio punto menos en la

   clasificación

 

-  Determinar que la alineación del Oviedo 93 “A”  fue indebida desde el

    tablero número 7.

 

 

-  Así pues, el resultado final del encuentro es:

                                                 Puente Viejo 4.5 - Oviedo 93 “A” 2.5

 

 

 

 

Contra esta resolución cabe recurso en el plazo máximo de diez días hábiles, ante el Comité Asturiano de Disciplina Deportiva

 

 

 

 

 

El Comité de Competición de la FAPA

Gijón a 14 de Diciembre del 2004