FEDERACION DE AJEDREZ DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

 

 

COMITÉ DE COMPETICIÓN

 

N.10-04/05

RONDA 3 (30-X-04) SEGUNDA

GRUPO COVADONGA “D” - GRUPO COVADONGA “E”

 

Visto, el acta del encuentro que enfrentó a los equipos Grupo Covadonga “D” - GRUPO COVADONGA “E”. En la alineación del Grupo Covadonga “E”  figura en el tablero 2 D. David Collado Rodríguez en el tablero 4, D. Raúl Martínez Gallego

 

Visto, el ranking inicial presentado por el Grupo Covadonga “D”  al inicio del campeonato, donde figura en el orden 2, D. Raúl Martínez Gallego, y en el orden 5, D. David Collado Rodríguez

 

Dado que, En el reglamento de Competiciones de la FAPA y en el artículo 71.1 se especifica lo siguiente:

En cada equipo los jugadores deberán alinearse atendiendo de manera rigurosa al orden de fuerza del club. Por ello, nunca un jugador podrá ser alineado en un encuentro detrás de otro con un número de orden de fuerza superior.

 

Dado que, en el artículo 71.5

La alineación indebida supondrá la pérdida de los puntos desde el tablero en que tuvo lugar.

Dicha alineación indebida se produciría desde el tablero 6, lo que daría por perdidas las partidas al puente viejo en los tableros 6,7 y 8

 

Dado que, el comité entiende que en la alineación del Grupo Covadonga “D”  no existe mala fe, y la irregularidad se produce fruto de un error

 

Por la presente se acuerda lo siguiente:

 

El resultado particular de las partidas de los tableros 2,3 y 4 en virtud al artículo 83.3 se mantiene a efectos de cálculo de elo y estadísticas,

 

El resultado global del encuentro, en virtud del artículo 71.5  pasa a ser

Grupo Covadonga “E” 0- Grupo Covadonga “D” 4

 

Contra esta resolución cabe recurso podrán ser recurridas, en el plazo máximo de diez días hábiles, ante el Comité Asturiano de Disciplina Deportiva

 

 

El Comité de Competición de la FAPA

Gijón a 3 de Noviembre del 2004